Nº 1241/2025 de fecha 02/06/2025, dictado
- Tipo sociedad
- SA
- Primera aparición
- 16/07/2025
- Fuente original
- Diario Oficial 16/07/2025 →
Actos registrados (1)
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Tipo |
Inscripción |
Fecha contrato |
Pág. |
| 16/07/2025 |
Otro |
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106 |
Detalle último acto
Nº 1241/2025 de fecha 02/06/2025, dictado
en los autos: “DECEPI SOCIEDAD POR
ACCIONES SIMPLIFICADAS - CONCURSO
VOLUNTARIO LEY 18.387 - PEQUEÑO
CONCURSO”, IUE: 2-14861/2025 el cual
ordena la formación de pieza por separado de
incidente de calificación a los efectos previstos
por el Art. 197 de la Ley 18.387, para que
dentro de los quince días siguientes a contar
desde la publicación, cualquier acreedor o
persona que acredite un interés legítimo,
comparezca denunciando los hechos que
considere relevantes para su calificación como
culpable.
Las presentes publicaciones se realizarán SIN
COSTO, por no existir recursos suficientes para
cubrirlos, en virtud de lo dispuesto en autos
(artículo 21 de la Ley Nº 18.387).
EN FE DE ELLO y de mandato judicial se
expiden dos ejemplares de un mismo tenor,
que sello y firmo en Montevideo, treinta de
junio de dos mil veinticinco..
CAROLINA da LUZ PEREIRA, Actuario
Adjunto Encargar/Subrogar: Actuario/a
Titular.
Primera Publicación
18) (Sin Costo) 3/p 15585 Jul 16- Jul 21
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de
Concursos de 1º Turno, por auto Nº 1359/2025
de fecha 11/06/2025 dictado en autos
caratulados: “WALTARY S.A - CONCURSO
LEY 18.387 ART. 11 VOLUNTARIO”, IUE
2-122687/2024, se dispuso publicar, un
extracto del convenio presentado, a los
efectos dispuesto por el inc. 1 del art. 164 de
la Ley Nº 18.387, pudiendo los acreedores
concursales presentar sus oposiciones en
el plazo de veinte días a partir de la última
publicación. El texto íntegro de la propuesta
estará en todo momento a disposición de los
acreedores en la Sede del Juzgado Letrado
de Concursos siendo el siguiente un extracto
del mencionado convenio: PRIMERO: A)
Crédito concursal a pagar: Se pagará a los
acreedores quirografarios y subordinados el
50% (cincuenta por ciento) del importe de sus
créditos verificados, en la Pieza de Verificación
de Créditos de Waltary S.A. (IUE 40-1/2025)
del Juzgado Letrado de Primera Instancia de
Concursos de 1º Turno, por lo que – atendiendo
al efecto novatorio previsto en el art. 159 de la
Ley 18.387 – con el cumplimiento de los pagos
convenidos se considerará dada satisfacción
íntegra al importe del crédito concursal,
conforme disponen el inciso segundo art. 196
Ley 18.387. Las cantidades que se adeuden en
moneda extranjera o unidades indexadas se
pagarán en la moneda pactada y en todo caso
con quita y remisión de todo saldo de capital,
interés e ilíquidos y pactándose reajuste “1”
(uno). B) Forma de pago: Dentro del plazo
previsto en el art. 144 de la Ley 18.387, el
importe a pagar se abonará en 36 cuotas iguales,
mensuales y consecutivas, que comenzarán a
devengarse dentro de los 60 días siguientes
a la fecha en que quede firme la resolución
judicial que apruebe el presente convenio,
respetando la igualdad de los acreedores
y a prorrata de sus créditos. C) La mora se
producirá en requerimiento del acreedor
omitido, por el atraso en tres cuotas, y su
falta de pago hará exigible el importe impago
de las misma hasta la fecha de la intimación
de acuerdo y con el alcance de lo establecido
en la Ley 18.387. SEGUNDO: A partir del