"LUNA, OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y
- Tipo sociedad
- SA
- RUT
- 100087950010
- Primera aparición
- 14/02/2023
- Fuente original
- Diario Oficial 14/02/2023 →
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Actos registrados (1)
| Fecha DO | Tipo | Inscripción | Fecha contrato | Pág. |
|---|---|---|---|---|
| 14/02/2023 | Otro | — | — | 72 |
Detalle último acto
"LUNA, OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y OTROS- EJECUCION" IUE 291-100/2018, Por disposición de la Señora Jueza Letrada de Primera Instancia de Séptimo Turno de Maldonado, en autos caratulados: "LUNA, OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y OTROS. EJECUCIÓN (IUE 291-100/2018) se hace saber que el próximo VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023 a partir de las 11:30 hs. en el local del Centro Español de Maldonado, 18 de Julio 708 esquina Arturo Santana, Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matricula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por el Señor Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar baldío y demás mejoras que le acceden, ubicado en el Departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado (antes primera sección judicial del departamento de Maldonado), zona urbana, Manzana Catastral 2169, empadronado con el número VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS DOS (24.302) (antes padrones 23.033 y 23.034, aún antes 21.466, 21.468 y 21.465 en mayor área, y aún antes 21.233 y 2.963 ambos en mayor área), el que según plano de Mensura del Ingeniero Agrimensor Sergio Bonilla Piriz de abril 2005, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Maldonado el 5 de julio de 2005, con el número 7391; se señala como solar UNO (1): consta de una superficie de novecientos sesenta metros cuadrados (960 mts2), y se deslinda asi: 24 metros al Norte de frente a Avenida Aigua; 40 metros al Este lindando con parte del padrón 23.035; 24 metros al Sur lindando con los solares 2 y 3; y 40 metros al Oeste lindando con parte del padrón 23.032, todos los solares de la misma manzana y plano.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta asi como la comisión del rematador más IVA (3,66% del precio del remate). 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto, y si superaren el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 de Unidades Indexadas), se deberán realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la ley 19.210, en la redacción dada por el art. 221 de la Ley 19.889. Serán asimismo de cargo del adquirente los gastos y honorarios de escrituración, y certificados, así como todo que la ley pone de su cargo. 2) Los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria, y la Contribución Inmobiliaria hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. El bien registraba adeudos con la Intendencia Municipal de Maldonado al 8/09/21 por la suma de $ 256.653. Al 24/08/20212 se encontraba al día con el Impuesto Anual. De Enseñanza Primaria. 3) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, documentación, e información registral adjunta. 4) Se desconoce el estado de ocupación del bien. 5) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo 6) El estudio de títulos se realizó con testimonios notariales del último titulo y sus antecedentes. La documentación disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado, donde