"LUNA, OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y

Tipo sociedad
SA
RUT
100087950010
Primera aparición
14/02/2023
Fuente original
Diario Oficial 14/02/2023 →

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Actos registrados (1)

Fecha DO Tipo Inscripción Fecha contrato Pág.
14/02/2023 Otro 72

Detalle último acto

"LUNA, OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y
OTROS- EJECUCION" IUE 291-100/2018,
Por disposición de la Señora Jueza Letrada
de Primera Instancia de Séptimo Turno de
Maldonado, en autos caratulados: "LUNA,
OSCAR C/ NUGALIR S.A. Y OTROS.
EJECUCIÓN (IUE 291-100/2018) se hace saber
que el próximo VIERNES 17 DE FEBRERO
DE 2023 a partir de las 11:30 hs. en el local
del Centro Español de Maldonado, 18 de Julio
708 esquina Arturo Santana, Maldonado, por
intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry,
Matricula 5659, RUT 100087950010, en
diligencia presidida por el Señor Alguacil de la
Sede, se procederá al remate público, sin base,
dólares estadounidenses y al mejor postor
del siguiente bien inmueble: solar baldío y
demás mejoras que le acceden, ubicado en
el Departamento de Maldonado, localidad
catastral Maldonado (antes primera sección
judicial del departamento de Maldonado),
zona urbana, Manzana Catastral 2169,
empadronado con el número VEINTICUATRO
MIL TRESCIENTOS DOS (24.302) (antes
padrones 23.033 y 23.034, aún antes 21.466,
21.468 y 21.465 en mayor área, y aún antes
21.233 y 2.963 ambos en mayor área), el
que según plano de Mensura del Ingeniero
Agrimensor Sergio Bonilla Piriz de abril 2005,
inscripto en la Dirección Nacional de Catastro,
Oficina Delegada de Maldonado el 5 de julio
de 2005, con el número 7391; se señala como
solar UNO (1): consta de una superficie de
novecientos sesenta metros cuadrados (960
mts2), y se deslinda asi: 24 metros al Norte
de frente a Avenida Aigua; 40 metros al Este
lindando con parte del padrón 23.035; 24
metros al Sur lindando con los solares 2 y 3;
y 40 metros al Oeste lindando con parte del
padrón 23.032, todos los solares de la misma
manzana y plano.- SE PREVIENE: 1) El mejor
postor deberá consignar por concepto de seña
el 30% de su oferta asi como la comisión del
rematador más IVA (3,66% del precio del
remate). 2) Dichos pagos deberán realizarse en
el acto, y si superaren el límite de restricción
legal para pagos en efectivo (1.000.000 de
Unidades Indexadas), se deberán realizar
cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35
de la ley 19.210, en la redacción dada por el
art. 221 de la Ley 19.889. Serán asimismo de
cargo del adquirente los gastos y honorarios
de escrituración, y certificados, así como todo
que la ley pone de su cargo. 2) Los rubros
imputables al precio del remate son el Impuesto
de Enseñanza Primaria, y la Contribución
Inmobiliaria hasta la suma concurrente,
requiriendo para cualquier otra imputación,
autorización judicial. El bien registraba
adeudos con la Intendencia Municipal de
Maldonado al 8/09/21 por la suma de $ 256.653.
Al 24/08/20212 se encontraba al día con el
Impuesto Anual. De Enseñanza Primaria. 3)
El remate se efectúa en las condiciones que
resultan del expediente, documentación, e
información registral adjunta. 4) Se desconoce
el estado de ocupación del bien. 5) El plazo
para consignar el saldo de precio será de
veinte días corridos contados a partir del día
hábil siguiente al de la notificación del auto
aprobatorio del remate, que no se interrumpirá
por las ferias judiciales ni por la semana de
turismo 6) El estudio de títulos se realizó con
testimonios notariales del último titulo y sus
antecedentes. La documentación disponible
relativa al bien a rematarse se encuentra en
la Oficina Actuaria de este Juzgado, donde

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