2-24013/2023, se dispuso la liquidación de
- Tipo sociedad
- SA
- RUT
- 214399260016
- Primera aparición
- 22/08/2023
- Fuente original
- Diario Oficial 22/08/2023 →
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Actos registrados (1)
| Fecha DO | Tipo | Inscripción | Fecha contrato | Pág. |
|---|---|---|---|---|
| 22/08/2023 | Disolución | — | — | 174 |
Detalle último acto
2-24013/2023, se dispuso la liquidación de la masa activa de ELTISOL S.A., Nº de RUT 214399260016, con domicilio en Andes 1181, Se mantiene la suspensión de la legitimación de la deudora para disponer y obligar a la masa del concurso, continuando el Síndico nombrado Dr. Álvaro Gamio. Se decretó la disolución de ELTISOL S.A. y el cese de sus administradores.. Las presentes publicaciones se realizarán SIN COSTO, por no existir recursos suficientes para cubrirlos, en virtud de lo dispuesto en autos (artículo 21 de la Ley Nº 18.387). EN FE DE ELLO y de mandato judicial se expiden dos ejemplares de un mismo tenor, que sello y firmo en Montevideo, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés.. ANALIA MARÍA ELGART MANFREDI, Actuario Adjunto. 18) (Sin Costo) 3/p 21440 Ago 21- Ago 23 CANELONES JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ATLÁNTIDA TERCER TURNO EDICTO Por auto Nº 1423/2023 de fecha 09/08/2023 dictado por el Sr/a. Juez Letrado de Atlántida de 3º Turno, en los autos caratulados: “EN AUTOS: “JULIO H. RIVERA S.A.CONCURSO VOLUNTARIO- IUE 541-394/2019”INCIDENTE DE CALIFICACION DE CONCURSO”, IUE 541- 123/2023, se dispuso proceder a la publicación del decreto Nº 1420/2023 de fecha 01/08/2023, dictado en los autos: “”JULIO H. RIVERA S.A.CONCURSO VOLUNTARIO.”, IUE: 541-394/2019 el cual ordena la formación de pieza por separado de incidente de calificación a los efectos previstos por el Art. 197 de la Ley 18.387, para que dentro de los quince días siguientes a contar desde la publicación, cualquier acreedor o persona que acredite un interés legítimo, comparezca denunciando los hechos que considere relevantes para su calificación como culpable. Las presentes publicaciones se realizarán SIN COSTO, por no existir recursos suficientes para cubrirlos, en virtud de lo dispuesto en autos (artículo 21 de la Ley Nº 18.387). EN FE DE ELLO y de mandato judicial se expiden dos ejemplares de un mismo tenor, que sello y firmo en Atlántida, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés.. ALICIA GRACIANA APARAÍN BORJAS, Actuario Adjunto. 18) (Sin Costo) 3/p 21446 Ago 21- Ago 23 SALTO JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA QUINTO TURNO EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 5º Turno, dictada en autos: “ARKINIA S.A. CONCURSO CIVIL NECESARIO.-” IUE 356- 384/2018, se dispuso NOTIFICAR a ARKINIA S.A. EL DECRETO Nº 1804/2023: “ Salto, 15