BASE UNIDADES REAJUSTABLES 35.086,98

Tipo sociedad
SA
RUT
211761230015
Primera aparición
20/12/2023
Fuente original
Diario Oficial 20/12/2023 →

Ver ficha como proveedor del Estado →

Actos registrados (1)

Fecha DO Tipo Inscripción Fecha contrato Pág.
20/12/2023 Otro 130

Detalle último acto

BASE UNIDADES REAJUSTABLES 35.086,98
EQUIVALENTE A $ 57.179.500
SIN FACILIDADES.
Por disposición del BANCO HIPOTECARIO
DEL URUGUAY, el Rematador ENRIQUE
STAJANO (MAT. 3648 - RUT 211761230015
- Teléfonos: 2619.94.65 y 091.985.478),
vende en remate público, al mejor postor y
en las condiciones indicadas, el inmueble
en régimen común Padrón actual número
98.642 (antes padrones 98.642 y 190.337),
que según títulos y plano de mensura
consta de una superficie total de 7.129
metros cuadrados 42 decímetros (7.129,42
m), sito en la Localidad y Departamento
MONTEVIDEO, con frente a la calle LANUS
número 6028 - “PARQUE JARDIN COLÓN”;
y según antecedentes administrativos consta
de 130 apartamentos distribuidos en cinco
bloques, en régimen común, no incorporado al
régimen de propiedad horizontal, previniendo
expresamente la carga para el adquirente
de los gravámenes existentes así como del
cumplimiento de las promesas suscritas. 1º)
Esta ejecución se dispone por la aplicación de
los arts. 80º y 81º de la Carta Orgánica, en la
redacción dada por los arts. 473 y siguientes
de la Ley 19.924 y Decreto 269/021, para la
Hipoteca Clase 026 Serie 170 Número 00074,
026 / 170 / 1 y 026 / 170 / 2, O/S 5170 Número
74/8, Propuesta P 223, identificada a nombre
de ABIL S.A (ABIL SOCIEDAD ANÓNIMA)
y/o demás sucesores u ocupantes a cualquier
título. 2º) Los bienes se encuentran ocupados.
Se tuvo presente la información del Registro
de Propiedad Inmueble correspondiente
al 25 de abril de 2023. No existen contratos
de arrendamiento registrados. No surge, de
la información registral obtenida, segunda
hipoteca. SE PREVIENE expresamente que:
en todo caso el mejor postor deberá respetar
los derechos legalmente adquiridos por
los ocupantes del inmueble, debidamente
acreditados. Se advierte que existen promesas
suscritas y se desconoce si los promitentes
compradores se encuentran al día en sus
obligaciones. Se desconoce la regularidad
de las construcciones. 3º) El mejor postor
deberá: a) abonar en el acto la suma de pesos
uruguayos sesenta y dos millones quinientos
cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y
siete ($ 62.548.787), por concepto de gastos de
remate, suma que no integra el precio, el 1% de
comisión del rematador más el IVA y, además,
en caso de que el bien no esté ubicado en el
Departamento de Montevideo, debe pagar
el 1% del precio al rematador por concepto
de impuesto municipal (Ley 12.700); b) debe
abonar también el día del remate el 30% de
su oferta al contado a cuenta del precio; c)
debe integrar la totalidad del precio dentro de
los 30 días siguientes al recibo del telegrama
colacionado de notificación de aprobación del
remate y otorgar la escritura de compraventa
dentro del plazo de 15 días corridos desde la
fecha de integración total del saldo de precio;
e) en todos los casos, los mejores postores,
deben abonar gastos, impuestos, honorarios
de escritura, certificados y lo que se adeude al
día de la escrituración por cargas relativas a la
totalidad del inmueble, consumos, impuestos
y gastos comunes, y obtener todo lo que las
leyes vigentes exijan a los efectos de escriturar
el bien. 4º) El valor de la Unidad Reajustable
a la fecha de confeccionada la liquidación
de Remate ascendió a $ 1.629,65 (pesos
uruguayos: mil seiscientos veintinueve con

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